Datos
Gestión y apertura de datos para el desarrollo económico del país
Este documento establece las reglas y criterios para la gestión, uso y apertura de los datos públicos de la Secretaría de Economía, con la finalidad de facilitar y procurar su aprovechamiento para la toma de decisiones y generación de políticas públicas.
Gestión de datos
La gestión de datos se refiere al conjunto de prácticas, procesos y procedimientos, tanto tecnológicos y administrativos que la Secretaría lleva a cabo en el manejo de los datos que recaba y produce en el ejercicio de sus funciones. Una buena gestión de datos asegura su protección, calidad e interoperabilidad, facilitando su uso como herramienta de trabajo e incrementando su valor.
Los lineamientos aquí descritos son aplicables a todos los datos públicos de la Secretaría de Economía, ya sean conjuntos que se generan internamente o aquellos que se consumen de terceros, abordando la calidad, integridad, monitoreo y seguridad de los datos en todo el ciclo de vida de los datos. Esto significa que:
Se fomentará una cultura de datos y prácticas de gestión de datos dentro de las distintas áreas y direcciones de la Secretaría de Economía.
Se establecerán responsables de datos en cada dirección de la Secretaría de Economía, encargados de la coordinación e implementación de las disposiciones en materia de gestión de datos y apertura de los mismos. Estos deben tener las facultades para tomar decisiones sobre los datos y otros recursos de información que genere su área
Se generarán bases de datos institucionales que concentren, compartan y estandaricen la información
Se generarán los siguientes catálogos para facilitar la gestión de los recursos de tecnologías de información y el intercambio de datos de la Secretaría de Economía:
Catálogo de datos: Un inventario de la estructura, contenido y características de las bases de datos de la Secretaría
Catálogo de sistemas: Un inventario de los sistemas, sus características, lenguajes y los datos que generan y utilizan
Catálogo de APIs
Se crearán estándares para:
La calidad de datos: la generación, recolección y almacenamiento de datos con la mayor desagregación posible para maximizar sus posibilidades de análisis y estudio. Cuando sea posible, desagregados por sexo, género, condición de habla de lengua indígena, autoadscripción indígena, discapacidad y todas aquellas desagregaciones que promuevan, mediante los datos, la visibilización de aquellos grupos en situación de vulnerabilidad.
Datos maestros y de referencia: Datos que tienen una definición común en toda una organización, y que son críticos para el funcionamiento operativo de la misma. Estos datos usualmente son estáticos o cambian poco a lo largo del tiempo.
Servicios web y APIs.
Los datos públicos estarán almacenados en un repositorio centralizado.
Los datos en forma de contenido multimedia, imágenes, videos, documentos y otros se almacenarán con sus respectivos metadatos.
Todos los datos tendrán una URL única para ser utilizados como recursos facilitando así su reuso e interoperabilidad.
Se respaldará la información para garantizar la preservación de los datos, atendiendo a los más estrictos controles de acceso, autenticación, autorización y auditoría.
Se deberá garantizar la protección de datos personales, datos sensibles y datos condicionados por limitaciones de seguridad o privilegios.
Apertura de datos
Los datos abiertos son aquellos datos públicos que pueden ser publicados para su utilización y consulta por la ciudadanía. Es decir, son un subconjunto de los datos públicos. Esta política busca facilitar el acceso, uso, reutilización y redistribución de datos para cualquier fin, conforme a los ordenamientos jurídicos aplicables. Para esto:
Se desarrollará un Plan de Apertura para poner a disposición de la ciudadanía una estrategia que identifique y priorice aquellos conjuntos de datos que sean de utilidad y que tengan el potencial de crear impacto para la ciudadanía, tomando en consideración lo siguiente:
Todos los datos que se generen de las actividades de la Secretaría de Economía deberán estar disponibles de manera pública, a excepción de los datos que sean sensibles o estén sujetos a limitaciones válidas de privacidad, seguridad o privilegios. Por esta razón, se tendrán que proporcionar justificaciones claras cuando existan razones legítimas por las que algunos datos no puedan ser divulgados.
Se establecerá una cultura de apertura, no solo a través de procesos, sino también mediante la promoción y el uso de mejores prácticas de datos abiertos.
Todos los datos se publicarán en datos.gob.mx y de acuerdo a los estándares técnicos y disposiciones aplicables de la EDN, para que los datos abiertos se puedan encontrar fácilmente y estén accesibles en un solo lugar.
Se anonimizarán los datos antes de su publicación, en función a las responsabilidades obligadas de legislación y normas del derecho de acceso a la información, transparencia y rendición de cuentas, considerando las siguientes limitaciones:
Datos personales - tales como los datos que hacen a una persona identificable, datos de contacto, datos laborales, entre otros.
Datos sensibles - tales como los datos relativos a origen racial o étnico, de salud, orientación sexual, datos biométricos, entre otros.
Datos condicionados - tales como datos o información reservada y confidencial por motivos de seguridad o privilegios, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. En la medida de lo posible y sin vulnerar las condiciones anteriores, se podrán liberar datos desagregados por criterios que permitan integrar perspectiva de género, temas de inclusión y otros, como desagregación por género, edad, ingreso, y otras categorías relevantes.
Los datos deberán ser de dominio público o proporcionarse bajo una licencia abierta. Cualquier término adicional que acompañe a los conjuntos de datos, como los términos de uso, no deben contradecir el estado de dominio público o los términos de la licencia.
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